Por Roberto M. Passailaigue Baquerizo
La Ley Orgánica de Educación Intercultural recientemente aprobada por la Asamblea Nacional y en espera del ejecútese por parte del Presidente de la República, nace como una necesidad del sistema para actualizar su normatividad que databa del año 1983. La Nueva Ley es producto de la iniciativa del Ejecutivo cuyo proyecto fue sociabilizado y consensuado en varios talleres, con diversos colectivos sociales y actores educativos, por parte de la Comisión Ocasional Especializada de Educación, presidida por el Dr. César Rodríguez, quien con los demás miembros de la Comisión, han hecho un trabajo bastante bueno para viabilizar el proyecto inicial.
El Proyecto aprobado en segunda discusión como “Educación Intercultural”, en su denominación denota un fuerte sesgo indigenista, pues pretende ser referencia a la educación “Intercultural Bilingüe” que forma parte del Sistema Nacional de Educación, debiendo constar más bien como un sub-sistema y no como otro sub tema dentro del Sistema Nacional. La denominación correcta debió ser “Ley Orgánica de Educación General”, debiendo eso sí constar la interculturalidad como uno de sus principios y fundamentos básicos.
Este documento contiene normas positivas tendientes a ejercer un mayor control y ejecutividad en las acciones de las Unidades Educativas, tanto fiscales como particulares.
Se hace más notorio el beneficio en el campo de la educación fiscal, cuya regulación orgánica funcional merecía reformas y actualizaciones.
La descentralización y desconcentralización de funciones es uno de los grandes avances pues se crean instancias centrales, distritales, zonales y de circuitos, para llegar en forma directa a los actores y a las unidades educativas.
La participación activa de la comunidad educativa en el sector público de la educación, es una medida saludable para que se pueda controlar los recursos humanos, físicos y económicos que el Estado invierte en este sector. Si bien esta participación o veeduría por ley no deberá tener injerencias en aspectos económicos y administrativos, si es necesario que en el Reglamento se haga constar pautas claras sobre el alcance y atribuciones de dicha participación, toda vez que entendida o aplicada en forma inadecuada podría convertirse en un grave problema operativo para las instituciones.
La reformulación del escalafón del Magisterio Fiscal con la homologación del servidor público hay un acuerdo significativo para los profesores pues significa la remuneración en base a la premisa constitucional de a igual trabajo igual remuneración, lo que conlleva a que el profesor tenga que devengar su remuneración como todos los demás servidores públicos en 8 horas diarias de labores y 40 horas de trabajo semanales, de las cuales 6 serán invertidas en períodos académicos y 2 horas diarias para asunto de capacitación, preparación de portafolio, atención a padres, etc.
Una de las cosas más importante de la ley es la despolitización interna en el magisterio y la recuperación de la gobernabilidad del sistema por parte del Ministerio de Educación, circunstancia que no hubiera podido ser factible si no existieran políticas claras y lineamientos gubernamentales específicos por parte del Presidente de la República.
En cuanto a la educación particular esta ley rige también en su normatividad y actuación, considerando la naturaleza propia de su régimen de derecho privado, sin que esto signifique que no podrán estar por encima de las disposiciones legales.
Es mi criterio, que siendo obra humana, siempre es perfectible esta ley, pero como está redactada, si es un instrumento que beneficiará al sistema educativo nacional.
NUESTRO INVITADO
Roberto M. Passailaigue Baquerizo es doctor en Jurisprudencia y Licenciado en Ciencias Sociales y Políticas, y Filosofía con especialización en Historia y Geografía. Fue Ministro de Educación en dos ocasiones, de 1995 a 1996; y desde el 2003 al 2005. También se ha desempeñado como miembro del Consejo Ejecutivo de la UNESCO, director Nacional de Contratación Pública de la Contraloría General del Estado (1997-1998), Ministro de Gobierno (e), Subsecretario de Gobierno y diputado por la provincia de Guayas, entre otros. Actualmente es Canciller de la Universidad Tecnológica Ecotec, rector de la Unidad Educativa “Ecomundo Centro de Estudios, Profesor de la Facultad de Derecho, Política y Desarrollo, de la UEES, y de la Universidad Tecnológica Ecotec.
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Esta es la consecuencia de “enseñar los colmillos” Correa a Estados Unidos, no es Iran, ni Venezuela quienes pueden suplir el papel de los compradores de Estados Unidos de productos nuestros; ahora el gobierno “revolucionario” no tiene solucion a mano por incompetente y mediocre!
Si bien es cierto que CJ es uno de los causantes de la inseguridad en este país, no puede ser causa para que el Gobierno, trate de apoderarse de la Justicia con esta consulta, que sencillo seria si todos los seres tendriamos buenos principios morales y eticos, y no tuviesemos necesidades, porque la necesidad denigra la dignidad. Todos somos culpaples.